Una Mirada Cercana a los Hogares de Cuidado Prolongado en Puerto Rico
Piense por un momento en esa persona mayor de su familia que más quiere: quizás su mamá, su abuela, un tío que la vio crecer. Ahora piense en la posibilidad de que, algún día, ese ser querido necesite un cuidado que usted, con todo el amor del mundo, no pueda ofrecerle solo en casa. Es una de las decisiones más difíciles que puede enfrentar una familia puertorriqueña, y no está sola: cada vez más hogares en la Isla viven esta misma realidad.
Puerto Rico está envejeciendo a un ritmo que pocas veces hemos visto. Según el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, el Índice de Vejez, la relación entre la población de 65 años o más y los menores de 15 años, aumentó un 41 por ciento entre 2020 y 2025, al pasar de 168 a 237 personas mayores por cada 100 menores de edad.
Datos oficiales del U.S. Census Bureau confirman esta tendencia: para el año 2024, los adultos de 65 años o más representaban ya un 24.6 por ciento de la población total de la Isla, superando en número a los menores de edad por más de 300,000 personas, una brecha que en el año 2020 era de apenas 151,000, con todos los municipios de Puerto Rico registrando ya más adultos mayores que menores de edad. Estudios Técnicos, Inc., firma privada de investigación y consultoría, sitúa esta población en 770,861 residentes, un estimado cercano al del Census Bureau, y señala que ha crecido a un ritmo de aproximadamente 3 por ciento anual desde 2010.
Detrás de esas cifras hay historias de vida reales. Casi cuatro de cada diez personas mayores en Puerto Rico viven bajo el umbral de pobreza, y esa cifra se dispara a más de la mitad entre quienes envejecen solos, sin nadie que los acompañe en el día a día. Prácticamente la mitad vive además con algún impedimento funcional que le dificulta valerse por sí misma.
Son nuestros padres, nuestros abuelos, nuestros vecinos. Y ante esta realidad, miles de familias puertorriqueñas dependen o dependerán en algún momento de un hogar de cuidado prolongado para poder darle a un ser querido la seguridad, la salud y la dignidad que merece cuando ya no pueden dárselas solas en casa. Por eso, entender cómo funciona este sistema, qué lo protege y dónde falla, no es un tema abstracto: es algo que nos toca a todos, tarde o temprano, como hijos, como nietos, como comunidad.
Lo que protege hoy a nuestros adultos mayores.
Es natural sentir temor o incertidumbre ante la idea de dejar a un ser querido en manos de otras personas. Por eso vale la pena saber que, en Puerto Rico, todo establecimiento dedicado al cuidado de personas de edad avanzada, ya sea un hogar sustituto, una institución de cuidado prolongado, una égida o un centro de cuido diurno, está obligado por ley a operar bajo licencia del Departamento de la Familia.
Así lo dispone la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, conocida como la Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada, vigente desde hace casi cinco décadas. Esa ley establece que el Departamento es la única agencia autorizada para otorgar estas licencias, y que debe visitar e inspeccionar cada hogar licenciado al menos una vez cada tres meses. Es decir: existe un sistema pensado para cuidar a quien cuida a nuestra gente mayor.
Ese sistema, además, ha ido fortaleciéndose con el tiempo, muchas veces a raíz de lecciones dolorosas. La Ley 2-2020 amplió los requisitos de preparación ante emergencias, después de que el Huracán María dejara al descubierto que numerosos hogares no contaban con plantas eléctricas ni reservas de agua suficientes para proteger a sus residentes.
Más recientemente, las leyes 95-2025 y 148-2025 exigieron que cada establecimiento presente, antes del 1 de mayo de cada año, un plan de contingencia detallado ante la Oficina de Licenciamiento del Departamento de la Familia, con protocolos claros para operar sin energía eléctrica o agua potable durante la temporada de huracanes. Son señales de que, como país, estamos aprendiendo a proteger primero, en lugar de sólo reaccionar después.
A esto se suman otras protecciones dirigidas específicamente a nuestros adultos mayores, como la Carta de Derechos de la Persona de Edad Avanzada (Ley 121-2019) y la Ley 82-2023, que reconocen algo muy sencillo pero profundamente importante: que toda persona mayor tiene derecho a decidir sobre su propio cuido, a ser tratada con dignidad, y a vivir libre de maltrato, negligencia y explotación, incluyendo la de tipo financiero.
Lo que revelan las cifras
Una evaluación legislativa del año 2020 estimó que en Puerto Rico operan alrededor de 850 hogares de ancianos y 83 égidas, que en conjunto abren sus puertas a aproximadamente 6,000 personas de edad avanzada. Esa misma evaluación reveló algo que nos debe preocupar a todos como comunidad: se calcula que unos 178 centros de cuido funcionan sin la licencia ni los documentos que la ley exige. Esa brecha entre lo que está regulado y lo que ocurre en la realidad no es solo una estadística; es un llamado urgente a que, como familias, sepamos preguntar, verificar y acompañar de cerca a quienes cuidan de nuestra gente mayor.
Pero también es justo reconocer lo bueno. La inmensa mayoría de los hogares licenciados en Puerto Rico trabajan dentro del marco legal, reciben con disposición las inspecciones trimestrales del Departamento de la Familia, y cumplen con los estándares de cuido, alimentación, personal capacitado y seguridad que exige la Ley 94. Detrás de esos hogares hay dueños, administradores, enfermeras, auxiliares y trabajadores sociales que ejercen su labor con verdadera vocación de servicio, muchas veces en condiciones económicas difíciles, incluyendo el pago tardío de subvenciones gubernamentales que en años recientes ha llegado a acumular millones de dólares en deuda con los hogares que participan del programa del Departamento de la Familia. Organizaciones como la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado de Puerto Rico (FICPRO) y la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD) trabajan activamente, día a día, para elevar la calidad del servicio entre sus miembros. Ese esfuerzo silencioso merece ser reconocido.
Cuando el sistema le falla a quien lo necesita
Y aun así, a pesar de todo este marco de protección, hay momentos en los que el sistema falla, y esas historias son las que más nos duelen. El 11 de julio de 2026, las autoridades acudieron al hogar de cuidado prolongado Casa Dorada, en el barrio Collores de Las Piedras, tras una llamada al Sistema de Emergencias 9-1-1 que alertaba sobre una situación sospechosa.
Lo que encontraron es difícil de leer: una mujer de 86 años, parcialmente ciega y encamada, con abrasiones en el cuerpo y un trauma en la cabeza, en el piso de una estructura ubicada debajo de la residencia. El cuidador a cargo, de 41 años, fue arrestado y, según información preliminar recopilada por las autoridades, habría expresado que trasladó a la mujer a ese espacio como parte de un presunto ritual para que pudiera fallecer en paz.
El Departamento de la Familia actuó de inmediato y canceló la licencia del hogar. La secretaria del Departamento, Suzanne Roig Fuertes, explicó que la institución ya era objeto de una investigación administrativa por alegada negligencia antes de que ocurrieran estos hechos, y que la mayoría de los residentes ya habían sido reubicados en otras instituciones como parte de ese proceso.
Al momento del incidente quedaban únicamente dos residentes privados, cuyas familias habían decidido mantenerlos allí mientras coordinaban su traslado; ambos fueron reubicados de inmediato con el acompañamiento de la Unidad de Emergencias Sociales del Departamento. El cuidador arrestado fue posteriormente trasladado a una institución psiquiátrica para una evaluación de salud mental, al amparo de la Ley 408.
Este caso, que conmovió a todo Puerto Rico y fue ampliamente cubierto por la prensa, no es un hecho aislado. En años pasados también hemos visto cómo el atraso en el pago de subvenciones gubernamentales puso a cientos de adultos mayores en riesgo de perder el techo que los albergaba. Nos recuerda que la fragilidad del sistema no siempre viene del maltrato directo: a veces viene de fallas administrativas y presupuestarias que, sin que nadie lo quiera, terminan afectando la estabilidad y el bienestar de quienes más protección necesitan.
No todos los hogares son iguales
Y aquí queremos ser muy claros, porque se lo debemos a miles de familias puertorriqueñas: sería injusto que un caso como el de Las Piedras nos haga desconfiar de todo un sector que, en su gran mayoría, cuida con amor y responsabilidad. La mayoría de los hogares licenciados cumplen rigurosamente con sus obligaciones legales, se someten voluntariamente a evaluaciones adicionales, invierten en la capacitación continua de su personal y mantienen la puerta y la comunicación abiertas con las familias.
Generalizar el dolor causado por unos pocos hacia la totalidad del sector no solo es injusto para miles de cuidadores comprometidos; también puede hacer que una familia que necesita ayuda tenga miedo de buscarla, o que rechace una opción de cuido que, bien elegida y acompañada de cerca, puede ser justo lo que su ser querido necesita para vivir con más seguridad y calidad de vida.
Lo que verdaderamente nos piden estos casos no es darle la espalda al sistema de cuido institucional, sino fortalecerlo: más fiscalización, más rapidez en el pago de las subvenciones que sostienen a los hogares que sí hacen bien su trabajo, y sobre todo, más presencia de las familias, antes y después de que un ser querido ingresa a una institución.
Señales que deben conocerse
Acompañar de cerca a un ser querido, incluso después de que entra a un hogar de cuido, es una de las formas más poderosas de protegerlo. Si usted tiene, o está considerando, a alguien especial en un hogar de cuidado prolongado, estas son algunas cosas sencillas que puede hacer:
Verificar que el establecimiento cuente con licencia vigente del Departamento de la Familia y preguntar si ha tenido querellas o investigaciones previas.
Visitar con frecuencia, en días y horas distintas, y observar con sus propios ojos cómo tratan a los residentes, cómo los alimentan y cómo mantienen la higiene.
Pedir que el personal le informe con confianza sobre cualquier incidente, cambio de ánimo o de salud, y sobre los medicamentos que se le administran a su familiar.
Estar atento a golpes, heridas o pérdida de peso que no tengan explicación clara, así como a cambios de conducta como aislamiento, miedo o ansiedad frente a ciertos cuidadores.
Conocer a dónde acudir si algo no se siente bien: la Procuraduría de las Personas de Edad Avanzada, el Departamento de la Familia y, en casos graves, la Policía de Puerto Rico.
Preguntar si el hogar tiene un plan de contingencia vigente para huracanes y emergencias, tal como lo exige la ley.
El profesional del trabajo social forense
Desde la práctica forense en trabajo social, casos como el de Casa Dorada nos recuerdan por qué hacemos lo que hacemos. Las evaluaciones psicosociales rigurosas, la documentación cuidadosa de cualquier señal de maltrato o negligencia, y el trabajo de la mano con profesionales del derecho en procesos de capacidad, guardianes y protección de adultos mayores vulnerables, no son solo procesos técnicos: son formas concretas de proteger la dignidad de una persona que, muchas veces, ya no tiene voz propia para defenderse. Detectar a tiempo esos patrones de riesgo, ya sea en el entorno familiar o institucional, sigue siendo una de las labores más importantes y más humanas que puede ejercer un trabajador social capacitado en gerontología forense.
En Ducis LLC creemos, de corazón, que proteger a nuestros adultos mayores no es tarea exclusiva del Estado ni de los hogares de cuido: es una labor que nos toca a todos, como gobierno, como proveedores de servicios, como familias y como profesionales que trabajamos en esa intersección tan sensible entre el bienestar social y la justicia. Nuestro compromiso es seguir fortaleciendo esa red de protección, un caso, una capacitación y una comunidad a la vez.
Todos somos responsables
El envejecimiento de Puerto Rico no es algo que vaya a pasar en el futuro: ya está pasando, y con fuerza, en municipios como Hormigueros, Rincón, Patillas, Yabucoa y Lajas, donde el Índice de Vejez supera con creces los 300 adultos mayores por cada 100 menores de 15 años. Ante esta realidad, fortalecer el sistema de cuidado prolongado deja de ser un asunto pendiente y se convierte en una prioridad impostergable, que debe traducirse en acciones concretas: agilizar el pago puntual de las subvenciones que el Departamento de la Familia adeuda a los hogares, porque esa inestabilidad financiera termina afectando directamente el cuido que reciben nuestros mayores; ampliar la fiscalización para identificar y regularizar o cerrar los establecimientos que operan sin licencia; y crear canales accesibles para que familias y residentes puedan presentar sus preocupaciones sin miedo a represalias.
También es urgente invertir en la formación continua de quienes cuidan directamente a nuestra gente mayor, un sector que hoy enfrenta escasez de enfermería y personal especializado, justo cuando más se necesita. La colaboración entre el Departamento de la Familia, la Procuraduría de las Personas de Edad Avanzada, los municipios, asociaciones como FICPRO y ADCCLD, y profesionales del trabajo social y del derecho, es la única forma de construir un sistema que sea, al mismo tiempo, riguroso y solidario. Porque al final, esto no se trata solo de leyes o de cifras: se trata de que cada adulto mayor en Puerto Rico pueda envejecer rodeado de la seguridad, el respeto y el amor que le dio a nosotros durante toda una vida.
Fuentes consultadas:
El Nuevo Día, El Vocero, Metro Puerto Rico, NotiCel, Primera Hora, Telemundo Puerto Rico, Notiuno y The San Juan Daily Star (cobertura del caso Casa Dorada, Las Piedras, julio de 2026)
U.S. Census Bureau, Vintage 2024 Population Estimates (junio de 2025
Instituto de Estadísticas de Puerto Rico / State Data Center (Índice de Vejez, 2020–2025)
Estudios Técnicos, Inc. (Perfil de la población adulta mayor de Puerto Rico)
Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada
LexJuris de Puerto Rico (Ley 94-1977 y enmiendas: Leyes 2-2020, 95-2025 y 148-2025); Ley 121-2019 y Ley 82-2023.

